Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decreta: La Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los imputados Rafael Saúl Pinto Subero, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 20.737.038, nacido en fecha 17-03-1989, de 20 años de edad, de profesión u oficio indefinido, hijo de Rafael Pinto y Eglis Subero, y domiciliado en la Calle Ecuador, frente a la casa N° 110, casa pintada de verde con Santamaría, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; y Jesús Aníbal Villarroel Sosa, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 20.126.740, nacido en fecha 23-03-1988, de 21 años de edad, de profesión u oficio Ayudante de Construcción, hijo de Cesar Augusto.....