este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos MARIO JOSÈ FLORES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.383.018, de 40 años de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 24-09-1973, soltero, de oficio comerciante, hijo de los ciudadanos Manuel Jiménez y Carmen Flores, residenciado en: La Avenida Carúpano, sector las Delicias de Caiguire, casa Nº 03-30, frente al Conscripto Militar, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0416-898.25.56 y YOSILEIDY DEL VALLE CALDERA PEREDA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.581.727, de 25 años de edad, natural de Cumaná; Estado Sucre, nacida en fecha 18-01-1988, soltera, de oficio del Hogar, hija de los ciudadanos Octalia Pereda y Luís Alfredo Caldera, residenciada en la Avenida Carúpano, sector las Delicias de Caiguire, c.....