Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MEDIDA DE PROTECCIÓN, a el Ciudadano::REIMUNDO JOSE CENTENO, Titular de la Cédula de identidad N° V-12.886.682. y Residenciado en Guayacan de las Flores, Sector la Curiara, Vereda N°37, casa S/N, Carúpano Estado Sucre, en su Condición de Victima en la causa signada con el N° 19-F2-209-04, Nomenclatura de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, y a su Grupo Familiar, a fin de garantizarle su integridad física y emocional, por lo que se comisiona al comandante de policía del Municipio Bermúdez, de esta ciudad de Carúpano, Estado Sucre, para que ordene a los funcionarios adscritos a la zona donde reside el Ciudadano: REIMUNDO JOSE CENTENO, a objeto de que efectúen RONDAS POLICIALES CONSECUTIVAS, durant.....