este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra del ciudadano : HERMES KELLYS CALZADILLA ZORRILLA, venezolano, natural de valencia Estado Carabobo, de 37 años de edad, nacido en fecha 07/09/1976, Casado, de oficio Comercialización de pescado, titular de la cedula de identidad N° V.13.347.714, hijo de Hermes Calzadilla y Martha Zorrilla, y residenciado en: urbanización libertador, calle miranda, casa villa zorrilla, Guiria, Municipio Valdez, del estado Sucre, por la presunta comisión del delito de NEGLIGENCIA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 108 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones, con el agravante del articulo 217 de la LOPPNNA, en perjuicio del ciudadan.....