este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del Imputado Aníbal José Barreto Salas, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.543.769, nacido en fecha 07-06-1994, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio barbero, hijo de Margarita Salas y Aníbal Barreto, y residenciado en Guiria de La Costa, Sector 4 de Febrero, Calle Ciega, Casa S/N, al frente del Bar Vilma Ugas, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Victima ciudadana Margari.....