DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra de los Imputados: Pablo Luís González Caraballo, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.417.550, nacido en fecha 21-05-1991, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio vendedor ambulante, hijo de Pablo González y Hilce Caraballo, y residenciado en Caracas, Distrito Capital, La Vega, Calle Zulia, Casa N° 914, teléfono 0426-438.16.25, y en Bohordal, Sector Agua Santa, Casa S/N, cerca del comando de la Guardia, Municipio Cajigal del Estado Sucre, Wilmer José Pineda Pineda, venezolano, natu.....