DISPOSITIVA
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido al Ciudadano YOELVIS DOMINGO GARCIA BERMUDEZ , venezolano, natural de Ciudad Guayana , de 34 años de edad, nacido en fecha 05/05/82, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V-17.749.018, de profesión u oficio Aparejador, Hijo de Ismaira Bermúdez y José García, y residenciado en: calle 45 , casa N 36, cerca del Hotel CCT, teléfono 04148644247, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre; Y RONNY LEONEL BERMUDEZ venezolano, natural de Yaguaraparo, de 25 años de edad, nacido en f.....