Este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; IMPONE MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD contra el ciudadano MARLON RANDOLF CEBALLOS RANGEL, venezolano, natural de esta Valencia, estado Carabobo, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.525.245, de oficio Comerciante, estado civil Soltero, fecha de nacimiento 26/08/1988, hijo de los ciudadanos Doris Rangel y Marlon Ceballos, residenciado en la Urbanización La Llanada, sector I, vereda 1, casa N° 10, Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, teléfono: 0414-8391657, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CELENIA MARÍA DURÁN LEMUS; consistentes en: LA PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO A LA VÍCTIMA, A SU RESIDENCIA, LUGAR DE TRABAJO O ES.....