Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos: ALIRDA DEL VALLE ORTIZ y MIGUEL JOSE RODRÍGUEZ LIZARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.384.342 y 8.651.065, respectivamente, y domiciliados la primera en Brasil Sur, Terraza 20, Casa Nº 12 y el segundo en Brasil, Sector 1, Vereda 51, Casa Nº 3, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio ORLANDO J. VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.070.708 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.302, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Santa Inés, Distrito Sucre (hoy Parroquia Santa Inés, M.....