Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Esttado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha 27 de Septiembre del año en curso, por el Tribunal Quinto de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al ciudadano Julio Cesar Albino Cedeño, quien es venezolano, de 26 años de edad, Estado Civil: Soltero, natural de Carúpano, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 18.213.970, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 22-03-1986, Hijo de Magali Cedeño y Luís Albino, Residenciado en: Sector la Ceiba, calle los olivos, tercera calle, invasión de Canchunchú, casa sin número, detrás del colegio de Charallave, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; a cumplir la pena de Nueve (9) Años y Ocho (8) Mese.....