Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 2°, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 88 y 97 ambos del Código Penal, Acumula las Penas Impuestas al ciudadano CARLOS EDUARDO RIVAS MALAVÉ, venezolano, natural de Río Caribe Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.511.386, nacido en fecha 06-09-1991, hijo Brunilda Malavé y Carlos Rivas, domiciliado en la Parte alta del cerro el Toro, Casa Nº 9, de Río Caribe Municipio Arismendi Estado Sucre, en las causas RP11-P-2010-002481 y RP11-P-2011-000298, quedando a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previ.....