éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al acusado: YORDANO MOISES GUERRA RODRIGUEZ, venezolano, de estado civil soltero, nacido en Buenos Aires, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.691.443, nacido en fecha 04-09-1.984, de 26 años de edad, de profesión u oficio Agricultor, hijo de Aníbal Guerra y Amarilis Rodríguez Guerra, y domiciliado en: La Palencia, calle principal, casa S/N, como a media hora de la iglesia del mercal y de la iglesia, Municipio Cagigal del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, tipificado en el articulo 149 en su encabezamiento, en concordancia con el artícu.....