por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al acusado JOSÉ ANTONIO MUJICA ARCIA, Venezolano, de 39 años de edad, nacido en fecha 15-09-70, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.883.187, de oficio Promotor social, de estado civil Soltero, hijo de Doris Josefina Asia de Mujica y Atanasio Salazar, y residenciado en: Canchunchu, Calle Buena Esperanza, Sector José Félix Rivas, Casa S/N, al lado de la Urbanización Señora del Carmen, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el.....