este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la abogada en ejercicio MARIA MEJIAS LABRADOR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.791, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano NELSON BETANCOURT, portador de la cédula de identidad Nº V- 2.927.915, contra la ASOCIACION CIVIL CUMANA SANTA FE, representada legalmente por su presidente el ciudadano RICHARD RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 9.975.282, fundamentada en la presunta violación del derecho a la propiedad, del derecho a la no discriminación y del derecho al debido proceso, consagrados en los artículos 115, 21 y 49 de la Constitución de la Rep.....