Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud fiscal y DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JESUS ALEJANDRO MARCANO LOPEZ, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.893.273, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 12/12/1989, soltero, de oficio obrero, hijo de Carmen Luisa López y Luis Leonardo Marcano, residenciado en la urbanización Cristóbal Colon, calle 3, calle 112, de esta localidad teléfono 02934321284, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5, en relación con el 6, numerales 1°, 3° y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor; DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la misma Ley y AGAVILLAMIENTO, previsto.....