Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, suscrito por el ciudadano CESAR LUIS NARVAEZ, titular de la cedula de identidad N°8.439.646, asistido por FELIX PEREDA, ARGENIS HERNANDEZ, y LUZ SALAZAR, inscritos en el inpreabogado bajo los os. 42.689, 32.089 y 83.525, TERCER INTERVINIENTE en el presente Recurso de Nulidad de Acto Administrativo y por la otra la abogada NEIDA JOSE MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.312, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil NATO, C.A,. RECURRENTE. SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme con lo previsto en el artículo 89, numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trab.....