Este Tribunal Cuatro de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Considera procedente ACORDAR LA ENTREGA DEL VEHICULO, al solicitante HÉCTOR RAFAEL COVA, C.I N° V-3.421.762, domiciliado en Guayacán de Las Flores, Sector Los Cocos, calle los Palosanos, casa S/N, Carúpano, Estado Sucre, bajo la modalidad de Guarda Y Custodia, con las siguientes características: Clase: identificado con las Siguientes Características: CLASE: AUTOMOVIL, PLACA: BS156C, SERIAL DE CARROCERIA: 1T69ADV309647, SERIAL DE MOTOR V0621DDM, AÑO: 1981, COLOR: BEIGE, USO: PARTICULAR; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal penal. Se acuerda la devolución de los documentos originales, una vez que los mismos consten en autos en copias certificadas, se insta a la secretaria administrativa al respecto. Líbrese el correspondiente oficio al Est.....