Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD CONTRA EL IMPUTADO KIRVIN SAULO LAYA CARDOZO, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. V- 25.319.825, de 21 años de edad, nacido en fecha 30/08/94, de oficio Carpintero, hijo de Hilda josefina Cardozo y Andrés Avelino laya, residenciado en la población de Arapo, casa S/Nº, cerca del liceo bolivariano creación Arapo, Municipio Sucre, Estado Sucre, teléfono: 0424.855.05.93; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUIS COOPER, DINOSKA GUZMAN, DELCIRA GUZMAN, ROSARIO, JUANA MOLINE Y PABLO RODRIGUEZ; LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de DEL.....