Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana MAYDIS JOSEFINA MONTES MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.256.143, en domiciliada en Urbanización Pedro Elías Aristiguieta, calle Ricaute, casa s/n Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, contra el ciudadano JULIO CESAR CANDELARIO RIVAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.396.602, domiciliado en Calle Independencia casa Nº 223, sector Plaza Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre plenamente, identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del Niño .- Notifíquese a las partes, en virtud de haber salido fuera de lapso.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....