Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal y en consecuencia, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD , a favor de los imputados: ANA ROSA BASTARDO GONZÁLEZ, quien es venezolana, de 50 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.691.555, soltera, de profesión u oficio obrera de la Gobernación, natural de Cumanacoa, hija de Luis Bastardo y Georgina de Bastardo, residenciada en la calle principal del Cumanagoto Primero, casa N° 12, Cumaná, Estado Sucre; LUIS GERARDO CARDOZO, venezolano, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.708.419, hijo de Gerardo galanton y Juana del carmen cardozo, casado, natural de cumaná, nacido en fecha 30-03-58, de profesión u oficio comerciante , residenciado en la calle principal del Cumanago.....