CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad dictadas en fecha 27-03-08, por el órgano receptor de la denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 3, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En tal sentido se impone al imputado las siguientes medidas: PRIMERO: el agresor deberá mantenerse fuera de la residencia común, indistintamente de su titularidad. SEGUNDO: la prohibición al ciudadano Carmen Luís Rivera, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.882.132, de estado civil casado, nacido en fecha 16-07-64, de 43 años de edad, profesión u oficio comerciante; hijo de Fortunato Molina y Alejandrina Rivera, y residenciado en la Cuarta Calle de Charallave, Casa S/N, cerca de la quebrada de agua, Carúpano, Estado Sucre, de acercarse al lugar de trabajo o estudio y residencia de la víctima. TERCERO: la prohibición para el imputado de realizar, por sí o por terceras personas, actos de persecución, intim.....