declara JUSTIFICATIVO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus PEDRO PABLO SOCAS JIMENEZ (D), quien era titular de la cédula de identidad Nº V-10.463.991, a favor de su esposa la ciudadana EDITH PATRICIA CASTAÑEDA RODRIGUEZ, y sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al ciudadano PABLO JOSE SOCAS SAUD, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.631.898, habido con la ciudadana KAREN JOSEFINA SAUD RAMOS, al ciudadano PEDRO PABLO SOCAS PAREJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.249.998, al niño Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, habidos con la ciudadana GLADYS DEL VALLE PEREJO, y BRIAN ALEXANDER S.....