D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA, en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, del asunto N° RP01-R-2006-000085, seguido al penado CARLOS GERMÁN BARROSO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 14.190.046, a quien el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con sede en la Ciudad de Barcelona, le dictó sentencia condenatoria en fecha 14 de Marzo de 2001, condenándolo a cumplir una pena de Quince (15) años de prisión por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 (reformado) del Código Penal, hoy artículo 406 del Código Penal Vigente, en perjuicio de JESSICA CAROLINA ARELL.....