Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Liang Guolin, de nacionalidad china, de 33 años de edad, nacido en fecha 30/01/1976, titular de la Cédula de Identidad N° E-84.352.296, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, hijo de Liang Yu Xan y Liang Chao Nan, y con dirección de habitación indefinida; por la presunta comisión del delito de Uso de Documento Falso, previsto y sancionado en el artículo 322, en relación con el artículo 319 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; 251 numerales 1 y 2 y parágrafo primero; y 252 numeral 1, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara la flag.....