este Tribunal Segundo de Control, del circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA a el ciudadano FIDEL GABRIEL GUERRA DIAZ, Venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad V-13.274.416, residenciado en el sector La Playa de Puerto Santo, a lado de la Empresa Mary Mar, casa Sin Números, Municipio Arismendi Estado Sucre, a cumplir la pena de dos (2) años y Ocho (08) meses de prisión en el establecimiento penitenciario que designe la Autoridad competente, `por la comisión del Delito Hurto Calificado previsto y sancionado en el articulo 455 Ordinal 4°, de conformidad con los artículos 37, 74 ordinal 4º, todos del código Penal, en relación con el articulo 376 del código Orgánico Procesal Penal, igualmente se Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las establecidas en el artículo 256 Ordinal 3° Código Orgánico Procesal Penal, que.....