Asimismo revisadas como han sido las actuaciones que conforman el mismo, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Repone la presente causa al estado de nueva admisión. Así se decide. En consecuencia, vista la anterior demanda de REIVINDICATORIA, presentado por la ciudadana BENITA MARGARITA GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Comunidad de Guaca, Sector Guatapanare, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistida por los Abogados en ejercicios MANUEL JOSE QUIJADA MOYA y DIKSON AMADO CABRERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 85.490 y 179.633, respectivamente y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuenc.....