este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano imputado RAFAEL JOSE MEJIAS CEDEÑO, por la presunta comisión de los delitos de USURPACION DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el Articulo 203 del Código Penal, ESTAFA, previsto e el Articulo 462 del Código Penal, en perjuicio del ciudadanos ALFONSO LUIS ZERPA y SUPOSICION DE VALIMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 72 de la ley Contra la Corrupción vigente, en perjuicio del Estado VENEZOLANO; todo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3; y 237, numerales 2 y 3, y parágrafo primero; todos del Código Orgánico Procesal Penal.