este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana BRIELYS JOSÉ RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-15.005.794, domiciliada en la calle Francisco Marcano, Chacopata, casa s/n., Municipio Cruz Salmerón Acosta, estado Sucre, para que pueda poder tramitar, gestionar y cobrar cualquier beneficio ante cualquiera Institución pública o privada que pueda corresponderle a sus hijos el adolescente y niña Se omite el nombre de co.....