DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del Imputado: JESUS SALVADOR LEZAMA RUIZ, venezolano, natural de Colosal de la toma, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 63 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.294.841, nacido en fecha 04-06-48, profesión u oficio: albañil y agricultura, hijo Apolinar Lezama y Petra Rivas, domiciliado en: Valle Nuevo de San Martín, calle 9 de abril, casa N| 13, a tres casa del mercal, municipio Bermúdez, Estado Sucre;, por la comisión del delito de DEGRADACIÓN DE SUELO TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley de Ambiente, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y se establece como condiciones a cumplir, las siguientes: PRIMERO: cumplir con la .....