Este Tribunal Quinto de Control en Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiendo manifestado el encausado su negativa a acogerse al procedimiento y su deseo de ir a juicio oral estima procedente dictar AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en este estado con las pruebas ya admitidas, SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO EN CAUSA SEGUIDA CONTRA EL CIUDADANO EDWAR JOSÉ PINTO VELÁSQUEZ, venezolano, Natural de Cumaná Estado Sucre, con cédula de identidad N° 14670898, nacido en fecha 13/09/78, supervisor, soltero, de 33 años de edad, hijo Amalia Salazar de Pinto y Santos Bejanmin, residenciado en la Urb. Brasil sector 01, vereda 33 casa 15, Cumaná Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 ordinales 1°, 11° y 12° ejusdem, en perjui.....