Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA: Materializada la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo CAUCIÓN ECONÓMICA, al imputado JHON MANUEL UGAS MARCANO, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 24-06-1993, soltero, agricultor residenciado en el caserío el Paujil, sector los cerritos, calle Piar, casa s/n, Municipio Cajigal, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N° V- 24.839.083, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1 concatenado con el Articulo 458 ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio de JOSE ISABEL DOMINGUEZ YANEZ; HOMICIDIO INTENCIONAL .....