este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Privado en el presente asunto seguido al ciudadano Reinaldo José Pereira Pereira, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.190.478, nacido en fecha 19-06-1985, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo Eduardo Gómez y Carmen Pereira, y domiciliado en el Sector La Ceiba, Calle Principal, Casa S/N, cerca del Bar, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Actos Lascivos Agravados, Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 45, 39 y.....