este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y acuerda en contra del imputado EDGAR ALEXANDER MENDOZA GUTIERREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.281.835, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 13-11-1990, hijo de Carlos Mendoza y Haidé Gutiérrez, soltero, de profesión u oficio obrero, y residenciado en la Urbanización el Peñón, sector Nueva Toledo, casa S/N (anaranjada con blanco), frente a la carretera nacional, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YARITZA JOSEFINA REYES; la ratificación de las medidas de protección y seguridad interpuestas a favor de la víctima y en contra del imputado, consistentes en: 6.- prohibir que el presunto agresor por sí mismo, o por intermedi.....