este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA CON LUGAR, el requerimiento de Traslado, y en consecuencia se ordena librar oficio al Comandante del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de que traslade con las estrictas seguridades que el caso amerita, al penado LUÍS ALEXIS URBANEJA HERRERA, venezolano, natural de Cumanacoa, Fecha de Nacimiento 20/011989, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.979.236, soltero, hijo de Dianora Herrera y Luís Arturo Urbaneja, profesión u oficio vigilante, residenciado en Barrio San Baltazar, Tercera Calle, Casa S/N°, al frente de la Bodega de la Sra. Omaira Sánchez, Cumanacoa, Municipio Montes, Estado Sucre, al Ambulatorio Ayacucho de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, ubicado en el Barrio el Cumanagoto, a los fines de asistir al Odontólogo, por presentar fuertes dolores en muela, en esta misma fecha, a saber, 20 DE AGOSTO DEL AÑO 20.....