este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en decisión de la Juez Nº 01 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN de la presente SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos JUAN CARLOS FIGUEROA GARCÍA y ALEXANDRA DEL CARMEN MATA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, casados, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.659.763 y V-15.290.959 respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Los Chaimas, calle 2, Nº 14, Cumaná, Estado Sucre y la segunda en Los Mangles, Bloque 01, Apto. 06, Cumaná, Estado Sucre, y una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiar al Registro Civil del Municipio Sucre, Municipio Autónomo Sucre del Estado Sucre, y al Registrador Principal correspondiente, a los fines del cumplimiento de.....