este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley Decreta: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD en contra de la ciudadana: MARLENIS JOSEFINA MARIN LA ROSA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 13.294.258, nacida en fecha, 22-03-78, de 30 años de edad, soltera, profesión oficios del hogar, hija de José Joaquín Marín, y Arlines Josefina La Rosa, residenciada en Upata, Calle Beneficencia, Estado Bolívar, casa sin número, cerca de la brigada de Upata, al frente de la licorería El Pilar. Consistente en presentaciones periódicas cada OCHO (08) días por ante la Prefectura de Upata, Estado Bolívar, ubicada en Calle Páez, cerca de la Policía de Upata, Estado Bolívar, por el lapso de SEIS (06) Meses. Con el señalamiento expreso que el incumplimiento de esta condición acarreará la revocación de oficio de la medida conforme al Artículo 262 de.....