Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado SIMÓN DE LA TRINIDAD VÁSQUEZ COVA, actuando con el carácter de defensor privado del acusado ALEXANDER JOSÉ DE LA CRUZ CORDERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.663.776, contra sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, publicada en fecha 29 de Noviembre de 2004, mediante la cual sentenció al prenombrado acusado a cumplir la pena de Diez (10) años de prisión por la comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectivida.....