este Tribunal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, decreta: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano imputado GREGORIO JOSE PEREZ VALLEJO, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.997.730, natural de Cumaná, estado Sucre; soltero, nacido en fecha 13/12/1985, de oficio Electricista Automotriz, hijo de Gregorio Pérez y ROSA VALLEJO residenciado en la Calle Las Delicias, Casa Nº 78, Blanco Fombona, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, por la presunta comisión de HOMICIDIO INTESIONAL SIMPLE, previsto en el Art. 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MIGUEL PRESILLA.