DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para el imputado Carlos Enrique Torres, venezolano de 34 años de edad, cédula de identidad. 12.289,540, nacido en fecha: 02-06-72, soltero, obrero, hijo de Carmen Torres y Ricardo González, residenciado en el sector Puchuruco, calle principal, casa 61, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
Todo en conformidad con el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se acuerda la detención como Flagrante de conformidad con los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 248 Ejusdem, por cuanto se constató que el hecho se estaba cometiendo en ese momento y en virtud de que faltan actuaciones que practicar se ordena la aplicación por el procedimi.....