REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Por recibido el anterior libelo de demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADO, ha incoado el ciudadano MAURO ALVAREZ HILARRAZA venezolano, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.379.436 Abogado debidamente inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 99.330 y revisados como han sido los extremos de ley; este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de control del primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en Cumana libra el presente DECRETO INTIMATORIO, apercibiendo en consecuencia a la parte intimada, ciudadanas Rosa Cardozo venezolana, civilmente hábil, domiciliada en el Barrio Venezuela primera calle casa N° 259 Cumana Estado Sucre y Rosiris del Valle Cardozo, venezolana , mayor de edad, domiciliada en el Barrio Venezuela casa N° 259 y titular de la cedula de identidad 17.908.379, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado dentro de los DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO siguientes a la intimación personal que le sea practicada, a fin de acreditar el pago de los honorarios profesionales de el Abogado ciudadano: MAURO ALVAREZ HILARRAZA generados durante su representación ejercida en la causa signada con el Nº RP01P-2006-32 instruida por ante Este Tribunal Tercero de control de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre los cuales ascienden a la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL (Bs. 3.710.000), según estimación del profesional del Derecho actuante, los cuales comprenden las siguientes sumas:
1) Por estudio del problema y diligencias del día 15-11-2006. Doscientos Mil Bolívares. (200.000)
2) Servicio de Taxi Express, Setenta Mil Bolívares (70.000).
3) Visita al comando general de policía el día 16-11-2006, Doscientos Mil Bolívares. (200.000)
4) Servicio de Taxi ida y vuelta. Veinte mil (20.000)
5) Visita la Fiscalia décima del Ministerio Publico y conversación con la fiscal Décima del Ministerio Publico. Doscientos Mil Bolívares (200.000)
6) Servicio de Taxi, Veinte Mil Bolívares (20.000)
7) Por Asistencia y Representación como Abogado privado en el Tribunal Tercero de control, solicitando la libertad inmediata de la ciudadana Rosiris del Valle Cardozo, Tres Millones de Bolívares (3.000.000), para un total de Tres Millones Setecientos Diez Mil Bolívares (3.710.000), o en su defecto, ejerza oposición o se acoja al derecho de retasa, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Abogados. LÍBRESE CARTELES DE INTIMACIÓN.
El Juez Tercero de Control
Abg. José Alejandro Alcalá
La secretaria
Abg. Rossiflor Blanco
En esta fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA
ABG ROSIFLOR BLANCO