Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De Libertad, contra las imputadas NOHELIA DEL VALLE SALAZAR RODRÍGUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.941.430, de 35 años de edad, natural de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; nacida en fecha 04-09-78, soltera, de oficio del hogar, hija de Guillermo Salazar y Filomena Rodríguez, residenciada en Miramar, Sector el guarataro, calle Caldera, casa S/N°, al lado de la iglesia evangélica, Cumaná, Estado Sucre; Teléfono 0416-322.76.92; y SANTA JOSEFINA RAMÍREZ BETANCOURT, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.402.931, de 38 años de edad, natural de Cumaná; nacida en fecha 28-03-75, soltera, de oficio obrera, hija de Carmen B.....