Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°15575714, residenciado en Av. Carúpano detrás del INTI casa S/N. cumana Estado Sucre, por el delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 42 Y 41 de la Ley Orgánica Sobre El derecho a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente para la fecha, y como víctima, AYARIS DEL VALLE PATIÑO QUIJADA, titular de la cédula de identidad No. 16816629, domiciliado en la Av. Carúpano Calle la marina cerca del NAVIMCA casa S/N, Cuumaná Estado Sucre; por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.....