Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la solicitud de la Defensa de LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, formulada a favor del imputado ADRIAN JOSÉ OLIVEROS FIGUEROA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V 25.097.615, de 19 años de edad, nacido en fecha 23/08/1995, natural de Cumaná, soltero, sin oficio , residenciado en Pantoño, sector el Guamache, calle 03, casa s/n, específicamente al lado de la bodega de Reinaldo Marcano, Municipio Ribero del Estado Sucre, por su presunta participación en el delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley de desarme y control de armas y municiones uso de facsímile de arma de fuego, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Todo, conf.....