Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo previsto en el artículo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en PRESENTACIONES PERIODICAS CADA SESENTA (60) DIAS, POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES, POR ANTE LA COMANDANCIA DE POLICIA DE GUIRIA, en contra del Imputado: ROSAURO RAFAEL YANCE BASTARDO, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de estado civil soltero, de 70 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 3.012.585, nacido en fecha 30/08/1947, Agricultor, domiciliado en Calle El Consejo Casa N° 36 Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sa.....