Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA TRANSFERIR el cumplimiento de la Formula Alternativa de Establecimiento Abierto que se le había otorgado al residente: DARWIN DANIEL RENGEL CALZADILLA, de 22 años de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 20.575.487, nacido en fecha 11/01/88, hijo de Lino Rengel y Maritza Rodríguez Calzadilla, de estado civil soltero, residenciado en Avenida Carúpano, sector el Rincón de Caigüire, detrás del conscripto, casa s/n, en el cerro, Cumana Estado Sucre, al Centro de Residencia Supervisada "Luisa Cáceres de Arismendi", ubicado en el sector Puente Ayala, Avenida Principal, frente al Colegio, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono 0281-9072286, remitiéndole copias cerificada de la decisión de fecha: 29 de Marzo de 2012 y del presente auto.