Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, mas las accesorias de Ley, impuesta al ciudadano OMER RAFAEL PRADO FARFAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-10.297.016, de 42 años edad, soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Roger Prado e Ilsa Farfan, nacido en fecha 30/03/1970, residenciado en: Calle los Caobos, Casa 01, Sector Pascal, Avenida Intercomunal, Detrás de éxito, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Art.....