Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara constituida la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO FIANZA, respecto del imputado: JAVIER JOSE VIÑA, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 23 años de edad, nacido en fecha 08/09/1986, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.529.876, de profesión u oficio: obrero, hijo de Santos Moya y Teresa Viña, residenciado en: Viviendas de Playa Grande, Calle 2, Casa N° 577, cerca de la Bodega de la señora Amelia, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 de Código Penal, en relación con el 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano; debiendo los imputados cumplir con las siguientes obligaciones: 1- Presentación cada Quince (15) días .....