En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, esta Tribunal de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Homologación de Autorización de viaje, interpuesta por la ciudadana por los ciudadanos ALEXANDRA LIBERIA SANTOS RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.695.853, con domicilio en Avenida Cumana Cumanacoa, Villas Virgen del Valle Nº 17, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre y ANTONIO RAFAEL MARTÌNEZ GÒMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.314.645, domiciliado en la Avenida Cumana Cumanacoa, Villas Virgen del Valle, Casa Nº 17, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por la Abogada .....