En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, del ciudadano EDWARD JOSÉ VÁSQUEZ FIGUEROA, no recuerda su número de Cédula de Identidad, de 19 años de edad, natural de Cumaná, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, nacido el 18-12-89, hijo de Pedro Rafael Vásquez y Ana del Carmen Figueroa, residenciado en Cumanagoto Primero, casa de color azul, con rejas blancas, al lado del ambulatorio, Cumaná, Estado Sucre, a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Líbrese Oficio al Comandante de la Policía del Estado Sucre, adjunto a boleta de libertad. Se acuerda la libertad del imputado de autos, desde la misma Sala de Audie.....