DECLARA con lugar la ratificación de las Medidas de Protección y Seguridad solicitadas por la Fiscal del Ministerio Público, a saber, las establecidas en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, medidas éstas consistentes en la prohibición de acercamiento a la víctima, su residencia, lugar de trabajo o estudio y la prohibición de realización de actos de intimidación o acoso en contra de la víctima, por si o por terceras personas. Medidas estas que operaran a favor de la ciudadana Mayerlis del Valle Heredia Brito, quien figura como víctima en la presente causa seguida en contra del ciudadano JUAN CARLOS AGUACHE HERNÁNDEZ, cédula de identidad N° V-16.996.152, de 26 años de edad, soltero, chofer, residenciado en Cascajal Viejo, Calle Pinto Salinas, Casa Nº 40, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de .....